AYUNTAMIENTO DE LLANES, EL GOBIERNO MUNICIPAL... SE DESNUDA CON SU INCONGRUENCIA ANTE LOS LLANISCOS

 

El 8 de noviembre del 2022 se publicaba en un diario regional que los bienes inmatriculados por la Iglesia católica entre 1946 y la reforma hipotecaria de 1998 ascienden en Asturias a 754, según los datos aportados al Principado por los 26 registros de la propiedad con lo que el total de inmatriculaciones desde entonces puede llegar a superar las 1.300 https://cutt.ly/E9vwccm El parlamento asturiano había reclamado en noviembre de 2021 que el Gobierno autonómico que en el menor tiempo posible recabase y trasladase “la información detallada de todas las inmatriculaciones realizadas por la Iglesia católica, en cualquier de sus denominaciones desde 1946”. Hasta el momento, sólo se disponía de un listado de bienes inmatriculados entre 1998 y 2005 que incluía 34.961 en todo el país, 549 de ellos ubicados en Asturias, con lo que, según el diputado Rafael Palacios, “como mínimo” serán más de 1.250 las inmatriculaciones llevadas a cabo en la comunidad. El Gobierno pidió hace casi dos años al Colegio de Registradores de Asturias información sobre los bienes inmatriculados por la Iglesia antes de la reforma hipotecaria de 1998 y analizó la situación de los bienes incluidos en el libro blanco del prerrománico asturiano, como San Julián de los Prados o San Miguel de Lillo o San Miguel de Valdediós. El Grupo Inmatriculaciones Asturias había pedido también se recopilasen todas las notas registrales simples de los bienes inmatriculados por la Iglesia desde 1946 en las que se aportó únicamente una certificación eclesiástica, así como la anulación de todas las inscripciones realizadas desde 1978 por inconstitucionalidad sobrevenida amparándose en las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo que cuestiona una norma “arbitraria” https://cutt.ly/T9vjC2A

 Registro de bienes inmatriculados de la iglesia en Llanes https://cutt.ly/f9meESZ

Hoy se publica en un diario del oriente de Asturias la noticia donde se informa que el Ayuntamiento de Llanes ha resuelto la adjudicación para la renovación de la cubierta de la capilla de San Francisco de Lledías, una obra muy demandada por los vecinos de la localidad. La adjudicación, por 35.974 euros, le ha sido otorgada al constructor Adrián Argüelles Cue. La capilla de San Francisco de Lledías es una edificación que cuenta con más de 200 años de historia, de acuerdo con la ficha del Catálogo Urbanístico de Llanes, y dispone de 72,20 m2 de superficie. Cuenta con una única planta que está adosada, por el este, a la casa concejo de la localidad, y dispone de una amplia zona verde alrededor, empleada durante las fiestas. La cubierta de esta edificación (91 m2) presenta en la actualidad un mal estado de conservación, con deficiencias que afectan tanto a la seguridad estructural de la capilla (grietas, pandeos y deformaciones) como a la propia salubridad de la construcción (filtraciones), por lo que la renovación de la techumbre era una petición reiterada de los vecinos y vecinas del pueblo de Lledías. En este sentido, el concejal de pueblos del consistorio llanisco, Miguel Alonso, ha declarado que “con esta actuación el Ayuntamiento no sólo da respuesta a las peticiones vecinales, sino que también procede a proteger una edificación antigua, de valor histórico, arquitectónico y religioso” https://cutt.ly/c9vjeqw

Lo primero que llama la atención de ambas noticias es que el Ayuntamiento de Llanes destine 36.000 euros (6.000.000 pts.) de dinero público a un bien de culto religioso, teniendo en cuenta que dichos bienes no vienen como obligación en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 25 https://cutt.ly/c9vcB8l, que regulan la prestación obligatoria de los Consistorios. Leída la resolución administrativa emitida por el gobierno municipal para la reparación de dicho lugar de culto, se dice en la misma para realizar dicha obra “CONSIDERANDO el informe de necesidad relativo a la contratación, de fecha 26.08.22”. En el pleno extraordinario celebrado el 16 de septiembre del año pasado en él Ayuntamiento de Llanes, se trató el problema del suministro de agua de la parroquia de la Borbolla con la presencia de los vecinos de dicha parroquia en el pleno. La construcción de un nuevo depósito es la demanda de dichos vecinos tras múltiples requerimientos y la nula respuesta del gobierno municipal, todo ello con el agravante de que el Ayuntamiento de Llanes 11 (informes favorables para la construcción de viviendas) de nueva construcción en dicha parroquia https://cutt.ly/I9vTrwN Cuando se llevaban 1 hora y 11 minutos, intervino el concejal de Obras Juan Carlos Armas (PP), sobre dicha cuestión afirmando, “es un problema de los propietarios de la junta de la Borbolla”, “el Ayuntamiento no va a dejar tirados a los vecinos”, “Nosotros no podemos construir ese depósito”, “con la ley en la mano, aunque queramos no podemos”, “tenemos que mirar como gastar un dinero municipal en una cuestión no municipal”. Enrique Riestra afirmó ser un  fan de las comunidades del agua, pero tanto Armas como Riestra, quisieron quedar muy bien en el pleno con los vecinos sin hacer absolutamente nada para resolver dicho problema de los vecinos de la Borbolla. El depósito esta sin hacer y los problemas que tiene los vecinos de la Borbolla es llamativo por cuanto algunos pueden estar pagando al Ayuntamiento de Llanes los impuestos de (IBI) Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el (IAE) Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica o la recogida de basura. Dijo Enrique Riestra para terminar sobre dicha cuestión de la construcción del depósito de agua en la Borbolla lo siguiente, “aquí nos regimos por procedimientos administrativos del departamento jurídico y económico”. Yo como ciudadano lo que me pregunto es, ¿cómo puede haber un informe jurídico y económico favorable para reparar un lugar de culto, aunque sea un BIC, sin estar recogido en la ley de Bases de Régimen Local dentro de las obligaciones que tiene el Ayuntamiento?, ¿Cuál es el mecanismo que prioriza los BIC (bien de interés cultural) para elegir una iglesia frente a un edificio histórico y emblemático como es el Casino de Llanes https://cutt.ly/o9n7YV3

                                            Casino de Llanes

Los Acuerdos entre el Estado español y la Santa Sede datan del año 1979, son cuatro acuerdos firmados por el Gobierno de España y la Santa Sede el 3 de enero de 1979 mediante los que se reformó el Concordato de 1953 —firmado por el Gobierno franquista bajo los principios del nacionalcatolicismo—, para adecuarlo a la proclamación de la aconfesionalidad del Estado por la Constitución española de 1978. Los acuerdos estuvieron precedidos por otro firmado el 28 de julio de 1976, por el que se adjudicaba al rey Juan Carlos I el nombramiento del vicario general castrense con la graduación de general de división. El artículo 16.3 de la Constitución Española establece el principio de la aconfesionalidad del Estado al declarar que, “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”. Así de claro, la Carta Magna española excluye la posibilidad de un estado laico o independiente de cualquier organización o confesión religiosa. El Estado español, según la Constitución, no puede ser indiferente ante el hecho religioso y está obligado a cooperar con las distintas confesiones y muy en particular con la Iglesia católica. Con estos antecedentes, nos encontramos ahora con un gobierno municipal (VecinosxLlanes, PP, Suma Principado, tránsfugas) que se saltan no solo lo acordado en cuanto la aconfesionalidad y si la cooperación con la iglesia como recogen los tratados firmados entre Estados. A uno como ciudadano le gusta y le parece bien que se arregle todo lo que es patrimonio, no solo para los que lo podemos disfrutar hoy sino para los que vienen detrás de nosotros. Lo que sucede, es que dicha situación colisiona con los ciudadanos cuando se anteponen las necesidades de estos a los intereses electorales del gobierno municipal como sucede en Llanes. Nada de lo que hace el gobierno de Enrique Riestra Rozas, tiene en consideración las necesidades de quien paga su salario y el de los mantenidos que le acompañan en el gobierno municipal. Todo lo que hacen tiene una clara intencionalidad que permita a dichos sujetos a perpetuarse en la poltrona pública.

Lo sucedido con esos 36.000 euros de dinero público que se destinan a dicho lugar de culto, tendrían mejor encaje y aceptación entre los llaniscos si todas las necesidades del municipio estuviesen cubiertas y atendidas por el gobierno municipal de Enrique Riestra Rozas… Al no ser así, lo que hacen con dicha decisión es acentuar el descontento al primar a ojos vista de los llaniscos una situación anómala, difícil de entender de quien está pasando por una necesidad al carecer de agua, saneamiento, etc.  

Ya lo dijo Martin Luther King: “La verdadera tragedia de los pueblos no consiste en el grito de gobiernos autoritarios, sino en el silencio de la gente”.

 

 

 

   

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