El Defensor del Pueblo alerta del grave atasco de Urbanismo en Llanes y reclama más medios para reducir las esperas
El Ayuntamiento de Llanes afronta un importante problema de retrasos en la tramitación de expedientes urbanísticos, una situación que ha llegado hasta el Defensor del Pueblo y que la propia Administración municipal reconoce en la documentación remitida a esta institución. El departamento de Urbanismo que gobierna el concejal del PP, Juan Carlos Armas (la mentira andante), acumula tal volumen de trabajo pendiente que, según los datos facilitados por el propio Consistorio, se encontraba todavía elaborando los primeros informes correspondientes a solicitudes de obras presentadas en diciembre de 2023, es decir, expedientes iniciados más de dos años antes https://tinyurl.com/mwetxc54
Foto: Juan Carlos Armas (PP) y Enrique Riestra (VxLl), dos fascistas que en algo más de once años han dejado el municipio de Llanes en la prehistoria
La situación ha llevado al Defensor del Pueblo, dirigido por Ángel Gabilondo, a reclamar al Ayuntamiento la adopción de medidas para agilizar el funcionamiento del servicio y, especialmente, la habilitación de los medios personales y materiales necesarios para reducir los tiempos de tramitación de las licencias urbanísticas.
El pronunciamiento tiene su origen en la queja número 25037776, admitida a trámite por el Defensor del Pueblo el 10 de diciembre de 2025. El ciudadano que acudió a la institución había presentado una solicitud de licencia el 28 de mayo de 2024 y, transcurrido cerca de dos años, continuaba sin obtener una resolución. El Defensor del Pueblo solicitó entonces al Ayuntamiento información sobre la tramitación del expediente y sobre las causas que impedían resolverlo.
La respuesta municipal, elaborada por el Servicio de Urbanismo y Patrimonio, puso de manifiesto que no se trataba únicamente de un problema relacionado con un expediente concreto, sino de una situación mucho más amplia. El propio informe municipal reconocía los “evidentes retrasos” existentes en la tramitación de los procedimientos urbanísticos y señalaba que el servicio estaba ocupándose todavía de los primeros informes de solicitudes de obras formuladas durante diciembre de 2023.
El problema, además, no termina ahí. Según la información trasladada al Defensor del Pueblo, existen expedientes incluso anteriores a diciembre de 2023 que permanecen pendientes de completar determinados trámites o de incorporar otros informes. Una vez que esa documentación se incorpore, estos procedimientos deberán continuar su tramitación atendiendo al orden de incoación.
Para el Defensor del Pueblo, los recursos disponibles “no parecen suficientes” para afrontar el volumen de trabajo existente. La institución reconoce que el departamento municipal continúa realizando los trámites previstos por la legislación con los medios de los que dispone, pero considera que la magnitud de los retrasos demuestra la necesidad de adoptar medidas organizativas y reforzar los recursos disponibles.
De tres meses a casi dos años
Uno de los aspectos más significativos de la resolución es la enorme diferencia existente entre los plazos administrativos previstos legalmente y los tiempos reales que se están produciendo en Llanes.
El Defensor del Pueblo recuerda que el artículo 21 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, obliga a las administraciones a dictar una resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos. En el ámbito urbanístico asturiano, la resolución hace referencia también al artículo 229.1 del Decreto Legislativo 1/2004, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Al no existir una regulación autonómica específica que establezca otro plazo para este supuesto, el Defensor concluye que la duración máxima del procedimiento para resolver y notificar estas solicitudes de licencia es de tres meses, conforme al artículo 21.3 de la Ley 39/2015.
Frente a esos tres meses, el expediente que originó la queja llevaba casi dos años sin resolverse. Pero el Defensor del Pueblo destaca otra circunstancia especialmente relevante: transcurrido ese tiempo, la documentación aportada por el interesado ni siquiera había sido objeto de informe técnico.
La institución admite que determinadas circunstancias pueden provocar retrasos puntuales de algunos meses, pero considera “a todas luces excesiva” una demora cercana a los dos años. De hecho, concluye que después de ese periodo la tramitación del expediente “apenas se ha iniciado”.
Para el Defensor del Pueblo, esta situación supone un incumplimiento de los principios que deben presidir el funcionamiento de las administraciones públicas, entre ellos los de eficacia, celeridad, buena fe, confianza legítima y buena administración, principios que incluyen el derecho de los ciudadanos a que sus asuntos sean resueltos dentro de un plazo razonable.
Un problema que el Defensor considera estructural
La resolución adquiere especial importancia porque no limita el problema al ciudadano que presentó la queja. El Defensor del Pueblo señala expresamente que son numerosos los procedimientos que el Ayuntamiento está tramitando con retrasos considerables.
Por ello, considera que debe prestarse “atención inmediata” a los problemas que afectan al departamento de Urbanismo y reclama al Ayuntamiento que determine de forma concreta cuáles son las necesidades reales de personal y de medios materiales necesarias para recuperar unos tiempos de tramitación razonables.
La institución recuerda igualmente que la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las administraciones deben actuar de acuerdo con criterios de eficiencia y servicio a los ciudadanos. De ello deriva la obligación de disponer de los recursos necesarios para poder cumplir los plazos establecidos legalmente.
El Defensor del Pueblo reconoce la dificultad que supone gestionar un volumen elevado de expedientes, pero advierte de que esa circunstancia no elimina las obligaciones de la Administración. Los responsables de las unidades administrativas y el personal encargado de la resolución o despacho de los asuntos tienen que adoptar las medidas necesarias para eliminar los obstáculos que impidan o retrasen el ejercicio de los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
La resolución recuerda además una herramienta especialmente relevante para el caso de Llanes. El artículo 21.5 de la Ley 39/2015 establece que cuando el número de solicitudes pueda provocar el incumplimiento del plazo máximo de resolución, pueden habilitarse medios personales y materiales adicionales para garantizar que los expedientes sean despachados correctamente y dentro del menor plazo posible.
El Defensor considera que esta posibilidad resulta especialmente pertinente ante una situación en la que no existe únicamente una licencia retrasada, sino un volumen considerable de procedimientos acumulados.
Una sugerencia expresa al Ayuntamiento de Llanes
Tras analizar la situación, el Defensor del Pueblo formula una sugerencia formal para que se adopten las medidas oportunas y se habiliten los medios personales y materiales necesarios para reducir los tiempos de tramitación de los expedientes urbanísticos y, en particular, de los procedimientos de concesión de licencias.
La institución solicita, además, que si el Ayuntamiento acepta la resolución, detalle las medidas que vaya a poner en marcha para conseguir ese objetivo.
Junto a esta sugerencia, Ángel Gabilondo dirige al Ayuntamiento dos recordatorios de deberes legales. El primero establece que la Administración municipal debe acomodar su actuación a los principios de “eficacia, economía y celeridad”, recogidos en el artículo 103 de la Constitución y en la legislación de procedimiento administrativo.
El segundo recuerda al Consistorio su obligación de dictar y notificar en tiempo y forma una resolución expresa y motivada en todos los procedimientos, independientemente de la forma en la que estos hayan comenzado.
El Defensor del Pueblo pide asimismo al Ayuntamiento que informe de los avances producidos en el expediente concreto que originó la investigación y solicita que comunique si acepta o no la sugerencia. En caso de rechazarla, el Consistorio deberá explicar las razones de su negativa.
Un atasco con consecuencias para ciudadanos y actividad económica
El pronunciamiento del Defensor del Pueblo convierte los retrasos de Urbanismo en algo más que una sucesión de expedientes demorados. La documentación pone de manifiesto un desfase extraordinario entre el plazo administrativo de referencia —tres meses— y una realidad en la que algunos expedientes superan ampliamente el año e incluso alcanzan los dos años de espera.
Las consecuencias pueden afectar tanto a particulares como a profesionales y empresas que necesitan una resolución administrativa para poder ejecutar determinados proyectos. Una licencia pendiente puede retrasar el inicio de una obra, una rehabilitación o una inversión y generar incertidumbre para quienes dependen de la decisión municipal.
La resolución del Defensor tampoco cuestiona que los trabajadores municipales estén tramitando los procedimientos disponibles con los recursos existentes. Al contrario, reconoce expresamente que el departamento continúa realizando los trámites con los medios de los que dispone, aunque concluye que esos recursos no parecen suficientes.
El foco se sitúa, por tanto, en la capacidad organizativa y material del gobierno municipal fascista (VecinosxLlanes y PP) que hoy gobierna el Ayuntamiento de Llanes para responder al volumen de expedientes pendientes y garantizar que el funcionamiento ordinario del servicio se acerque nuevamente a los plazos establecidos por la legislación.
La intervención del Defensor del Pueblo deja así una conclusión especialmente relevante: los retrasos de Urbanismo en Llanes no aparecen descritos como un incidente aislado relacionado con una única licencia, sino como un problema general de acumulación de expedientes que requiere medidas específicas, más medios y una actuación municipal destinada a recuperar unos tiempos de resolución compatibles con la ley y con el derecho de los ciudadanos a una buena administración.
Dinero en las cuentas y falta de medios en Urbanismo
Uno de los aspectos que más llama la atención al analizar la situación de Urbanismo es el contraste entre la falta de medios que refleja la resolución del Defensor del Pueblo y la situación económica que el propio gobierno municipal presenta públicamente como positiva.
La Cuenta General correspondiente al ejercicio 2025 refleja un remanente de tesorería para gastos generales de 7.119.700,68 euros, además de un resultado económico-patrimonial positivo de 1.526.360,35 euros y un ahorro neto de 1.955.834,42 euros. El alcalde de Llanes, Enrique Riestra, ha utilizado estos datos para defender públicamente el saneamiento de las cuentas municipales y su modelo de gestión económica.
Sin embargo, prácticamente al mismo tiempo aparece otra fotografía de la gestión municipal muy diferente. El Defensor del Pueblo advierte de que los medios disponibles en el departamento de Urbanismo “no parecen suficientes” y reclama al Ayuntamiento que adopte medidas y habilite los recursos personales y materiales necesarios para reducir unos tiempos de tramitación que se han alejado extraordinariamente de los establecidos legalmente.
El contraste resulta especialmente significativo. Por una parte, el gobierno municipal exhibe unas cuentas con más de siete millones de euros de remanente de tesorería para gastos generales y reivindica su capacidad económica; por otra, uno de los servicios municipales que mayor incidencia tiene sobre ciudadanos, profesionales y empresas se encuentra afrontando un volumen de expedientes que, según la documentación remitida al Defensor del Pueblo, ha provocado retrasos que llegan a rondar los dos años cuando el plazo legal vigente es de tres meses.
No puede concluirse únicamente a partir de estas dos cifras que esos siete millones de euros pudieran destinarse directamente y en su totalidad a contratar personal para Urbanismo. Un remanente de tesorería no equivale automáticamente a dinero de libre disposición para cualquier finalidad, y las contrataciones de empleados públicos están sometidas a las reglas presupuestarias, de empleo público y de selección correspondientes. Pero la comparación sí plantea una cuestión legítima sobre las prioridades presupuestarias, organizativas y de personal del gobierno municipal fascista que hoy existe en Llanes: si existe capacidad económica, ¿qué medidas se están adoptando para solucionar un problema que el Defensor del Pueblo considera suficientemente grave como para reclamar expresamente más medios?
La cuestión adquiere todavía mayor relevancia porque no estamos ante una crítica exclusivamente política. Es el propio Servicio de Urbanismo y Patrimonio del Ayuntamiento el que reconoce los “evidentes retrasos”, mientras que el Defensor del Pueblo constata que existen numerosos procedimientos afectados y considera que debe prestarse “atención inmediata” a los problemas del departamento.
En el expediente que desencadenó la intervención del Defensor, una licencia solicitada el 28 de mayo de 2024 seguía sin resolución casi dos años después y la documentación aportada por el interesado ni siquiera había sido objeto de informe técnico. Mientras tanto, Urbanismo estaba informando solicitudes correspondientes a diciembre de 2023 y todavía existían expedientes anteriores pendientes de otros trámites.
Esta situación permite contraponer dos indicadores muy diferentes de la gestión municipal. Tener unas cuentas saneadas y disponer de remanente constituye un indicador económico; prestar los servicios municipales dentro de unos plazos razonables constituye un indicador de funcionamiento administrativo. Una cosa no garantiza necesariamente la otra.
Precisamente ahí reside una de las principales contradicciones que deja al descubierto el pronunciamiento del Defensor del Pueblo: un Ayuntamiento como el de Llanes puede presumir de resultados económicos positivos y de millones de euros en remanentes de tesorería mientras mantiene servicios esenciales, como Urbanismo, con recursos que el Defensor considera insuficientes para atender en plazo las necesidades de los ciudadanos.
El contraste resulta todavía más llamativo si se observa lo que está ocurriendo con una de las grandes inversiones municipales, la rehabilitación del Cinemar. Las obras fueron adjudicadas inicialmente por 4.205.695,98 euros, pero el modificado del proyecto aprobado posteriormente incorpora 835.000 euros adicionales, lo que eleva el contrato por encima de los cinco millones de euros. Es decir, un incremento cercano al 20% sobre el importe de adjudicación. A ello se añaden otros 400.000 euros, procedentes precisamente del remanente de tesorería, destinados a la adquisición e instalación del equipamiento audiovisual del futuro centro cultural.
De este modo, mientras el gobierno municipal fascista exhibe su “músculo económico y capacidad financiera” para afrontar grandes inversiones y asumir incrementos presupuestarios en proyectos como el Cinemar, el Defensor del Pueblo advierte de que en Urbanismo los medios disponibles “no parecen suficientes” y reclama expresamente que se habiliten los recursos personales y materiales necesarios para reducir unos retrasos que, en algunos expedientes, se aproximan a los dos años.
El contraste es difícil de ignorar: el contrato de las obras del Cinemar supera ya los cinco millones de euros tras sumar 835.000 euros al importe inicialmente adjudicado, mientras un servicio municipal esencial como Urbanismo arrastra expedientes durante años por falta de capacidad para tramitarlos en los plazos legalmente establecidos.
La cuestión, por tanto, no es únicamente cuánto dinero tiene el Ayuntamiento ni cuántas grandes obras puede financiar, sino qué prioridades establece a la hora de emplear esos recursos. La eficacia de una Administración también se mide por su capacidad para atender lo cotidiano: tramitar una licencia, resolver un expediente y ofrecer a los ciudadanos una respuesta dentro de un plazo razonable. De poco sirve presumir de millones en el banco si, al otro lado de la ventanilla, los vecinos tienen que esperar cerca de dos años por procedimientos que deberían resolverse en cuestión de meses.
El propio alcalde ha defendido que su política económica prioriza la gestión y el “control racional del dinero de los vecinos” (ya lo vemos por la resolución del Defensor del Pueblo) la mentira y el engaño de estos fascistas tiene las patas muy cortas. Frente a ese discurso, la situación de Urbanismo permite plantear otra dimensión de la gestión del dinero público: no solo cuánto dinero conserva o ahorra una Administración, sino si utiliza los recursos disponibles para proporcionar servicios públicos eficaces y resolver los expedientes de los ciudadanos dentro de los plazos establecidos por la ley.
Y en este punto el pronunciamiento del Defensor del Pueblo es particularmente significativo. La institución recuerda que, cuando el número de solicitudes pueda provocar el incumplimiento de los plazos máximos, la legislación contempla la posibilidad de habilitar medios personales y materiales adicionales. Por ello, su sugerencia al Ayuntamiento de Llanes (gobernado por una coalición fascista) no se limita a pedir que se acelere un expediente concreto: reclama que se adopten medidas para reducir de manera general los tiempos de tramitación de los expedientes urbanísticos y, especialmente, de las licencias.
El debate sobre las cuentas municipales adquiere así una dimensión que va más allá de presentar un determinado remanente o un resultado presupuestario positivo. Para los ciudadanos de Llanes y fuera del municipio que esperan una licencia durante meses o años, la eficacia de una Administración también se mide por su capacidad para transformar sus recursos económicos en servicios públicos que funcionen dentro de unos plazos razonables.
¿Y ahora qué? El Ayuntamiento tendrá que responder al Defensor del Pueblo
Llegados a este punto cabe preguntarse qué consecuencias reales puede tener el pronunciamiento del Defensor del Pueblo y, sobre todo, si esta institución puede obligar al Ayuntamiento de Llanes a solucionar el atasco de Urbanismo o a resolver la licencia del ciudadano que presentó la queja.
La respuesta requiere una precisión importante. El Defensor del Pueblo no es un tribunal y sus sugerencias y recomendaciones no tienen el carácter ejecutivo de una sentencia judicial. No puede conceder directamente una licencia, sustituir al Ayuntamiento en la resolución de un expediente ni ordenar que se contrate un determinado número de trabajadores para Urbanismo. Pero eso no significa que su intervención carezca de consecuencias o tenga un valor meramente simbólico.
En este caso, el Defensor ha dejado constancia institucional de una situación especialmente grave: una solicitud de licencia presentada el 28 de mayo de 2024 continuaba sin resolución casi dos años después y ni siquiera había sido objeto de informe técnico, pese a que el plazo máximo señalado para resolver y notificar este tipo de procedimientos es de tres meses. La institución considera semejante demora “a todas luces excesiva” y entiende que vulnera los principios de eficacia, celeridad, buena fe, confianza legítima y buena administración.
Y existe otra circunstancia todavía más relevante: el Defensor no considera que estemos únicamente ante el problema particular de un vecino. La documentación remitida por el propio Ayuntamiento revela la existencia de numerosos expedientes retrasados, hasta el punto de que Urbanismo se encontraba informando solicitudes presentadas en diciembre de 2023 y todavía existían procedimientos anteriores pendientes de otros trámites. Es decir, la queja de un ciudadano ha terminado poniendo al descubierto un problema general del funcionamiento de Urbanismo.
El Defensor señala además que los medios disponibles “no parecen suficientes” y reclama “atención inmediata” para los problemas del departamento. Su sugerencia es concreta: que el Ayuntamiento adopte las medidas necesarias y habilite medios personales y materiales adicionales para reducir los tiempos de tramitación, especialmente en la concesión de licencias.
La falta de recursos tampoco puede convertirse indefinidamente en una justificación para incumplir los plazos. El propio Defensor recuerda que el artículo 21.5 de la Ley 39/2015 contempla precisamente que, cuando la acumulación de solicitudes pueda provocar el incumplimiento del plazo máximo para resolver, puedan habilitarse los medios personales y materiales necesarios para garantizar el correcto despacho de los expedientes.
Por tanto, la falta de medios puede explicar parte del atasco, pero no elimina la obligación de la Administración de resolver los procedimientos ni su responsabilidad de organizar adecuadamente los recursos disponibles.
El Ayuntamiento no puede simplemente guardar la resolución en un cajón
Existe además una consecuencia inmediata. Aunque el Defensor del Pueblo no puede imponer al Ayuntamiento la aceptación de su sugerencia, el gobierno municipal fascista de Llanes sí debe responder y posicionarse ante ella.
La institución ha pedido expresamente al gobierno municipal que comunique si acepta o no la sugerencia. Si la acepta, deberá informar de las medidas que adopte para solucionar el problema; si decide no aceptarla, tendrá que explicar los motivos. El Defensor también ha solicitado información sobre los avances producidos en el expediente concreto del ciudadano que originó la investigación.
Esto convierte la respuesta municipal en el siguiente capítulo de este asunto. Ya no se trata únicamente de conocer por qué Urbanismo acumula semejantes retrasos, sino de saber qué piensa hacer el gobierno municipal después de que una institución del Estado haya constatado el problema y reclamado soluciones.
Si las recomendaciones fueran ignoradas o la Administración mantuviera una actitud que impidiese solucionar la situación, el Defensor dispone además de mecanismos para dejar constancia pública de ello, incluyendo la posibilidad de reflejar estos incumplimientos en sus informes a las Cortes Generales.
El Defensor no sentencia, pero deja una prueba institucional difícil de ignorar
Para el ciudadano que presentó la queja, el pronunciamiento tampoco sustituye las vías administrativas o judiciales que pueda tener a su disposición. La intervención del Defensor del Pueblo no impide acudir a los tribunales, que son quienes, en su caso y dependiendo de las circunstancias concretas del expediente, pueden adoptar decisiones jurídicamente vinculantes para una Administración.
Ahí reside una diferencia fundamental: el Defensor puede investigar, requerir explicaciones, formular recomendaciones, recordar las obligaciones legales y ejercer presión institucional; los tribunales son quienes pueden dictar resoluciones ejecutivas y obligatorias.
Sin embargo, para el afectado existe ahora un elemento de considerable importancia: ya no dispone únicamente de su propia denuncia sobre la tardanza municipal. Existe un pronunciamiento oficial del Defensor del Pueblo que documenta el retraso, lo considera excesivo y pone de manifiesto que el problema alcanza a numerosos expedientes.
Y esa circunstancia tiene también una evidente dimensión pública y política.
Las valoraciones sobre la responsabilidad del gobierno municipal corresponden a cada ciudadano, pero los hechos constatados permiten plantear preguntas difíciles de eludir: ¿cómo puede una Administración que presume de millones de euros de remanente mantener un servicio como Urbanismo con medios que el Defensor considera insuficientes? ¿Por qué se permite que expedientes cuyo plazo de resolución debería ser de meses permanezcan pendientes durante cerca de dos años? ¿Y qué medidas concretas piensa adoptar ahora el gobierno municipal para corregir una situación que el propio Defensor reclama atender de manera inmediata?
El pronunciamiento, por tanto, no es una sentencia ni obliga por sí solo al Ayuntamiento a adoptar una determinada solución, pero tampoco puede reducirse a un simple gesto simbólico. Ha convertido la reclamación individual de un ciudadano en un diagnóstico institucional sobre el funcionamiento de Urbanismo, ha documentado retrasos extraordinarios, ha recordado al gobierno municipal cuales son sus obligaciones legales y ha exigido una respuesta sobre las medidas que piensa adoptar.
Y quizá ahí esté una de sus consecuencias más importantes: el problema ya no puede presentarse simplemente como la queja aislada de un vecino impaciente. Los “evidentes retrasos” están reconocidos por los propios servicios municipales y han provocado la intervención del Defensor del Pueblo, que reclama más medios, atención inmediata y el cumplimiento de unos plazos que la Administración está obligada a respetar.
Ahora corresponde al Ayuntamiento responder. Y su respuesta —o la ausencia de medidas efectivas— permitirá a los ciudadanos sacar sus propias conclusiones sobre la gestión municipal y sobre el respeto que merece su derecho a una Administración eficaz y a obtener respuesta dentro de un plazo razonable.
No es la primera vez que el Defensor del Pueblo tira de las orejas a este gobierno municipal fascista: el precedente de las escuelas de 0 a 3 años
La actual intervención del Defensor del Pueblo por los graves retrasos de Urbanismo no constituye el primer pronunciamiento de esta institución relacionado con la actuación del Ayuntamiento de Llanes durante los últimos años. Existe un precedente especialmente significativo en 2021, cuando el Defensor tuvo que intervenir a raíz de una queja presentada por familias de Posada de Llanes ante la insuficiente oferta pública de plazas para niños de 0 a 3 años en el concejo.
Aquel expediente presenta, además, ciertos paralelismos con el actual problema de Urbanismo: existían recursos e instalaciones, pero la prestación del servicio se encontraba condicionada por una cuestión de personal cuya responsabilidad correspondía al Ayuntamiento.
La investigación del Defensor permitió conocer que la Escuela Infantil de Llanes disponía de cuatro aulas, pero solamente dos estaban en funcionamiento. La Consejería de Educación del Principado había comunicado al Ayuntamiento que tenía como objetivo subvencionar las escuelas hasta completar su capacidad máxima y que nunca había puesto reparos a financiar los costes derivados de la apertura de las aulas restantes.
La propia Administración autonómica fue todavía más explícita: el problema no estaba en la falta de capacidad de las instalaciones ni en la inexistencia de financiación, sino en la contratación laboral, puesto que correspondía al Ayuntamiento contratar al personal técnico educativo y garantizar los servicios de cocina, comedor y limpieza necesarios.
El Defensor del Pueblo consideró entonces “comprensibles y legítimas” las reivindicaciones de las familias y recordó la importancia de ampliar la oferta pública de educación infantil, no solamente por sus beneficios educativos, sino también por su repercusión directa sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.
La institución terminó formulando una recomendación expresa al Ayuntamiento de Llanes para que adoptase las medidas oportunas destinadas a atender toda la demanda existente de plazas públicas de Educación Infantil de 0 a 3 años.
El antecedente resulta especialmente interesante visto desde la situación actual. En 2021 el Defensor del Pueblo reclamaba al Ayuntamiento medidas para solucionar una carencia relacionada con personal y prestación de servicios públicos. En 2026 vuelve a dirigirse al mismo Ayuntamiento y vuelve a encontrarse con un problema en el que los recursos humanos aparecen en el centro de la cuestión, esta vez en Urbanismo.
Cinco años después, el escenario es diferente pero algunas preguntas vuelven a aparecer. Ahora es el propio Servicio de Urbanismo el que reconoce “evidentes retrasos”, mientras el Defensor considera que los medios disponibles “no parecen suficientes” y reclama al Ayuntamiento que habilite recursos personales y materiales para reducir unos tiempos de tramitación que han llegado a aproximarse a los dos años.
Dos intervenciones del Defensor del Pueblo, en 2021 y 2026, sobre dos servicios municipales diferentes y con un elemento común: la necesidad de que el Ayuntamiento adopte medidas para que los recursos y la organización municipal permitan atender adecuadamente los derechos y necesidades de los ciudadanos.
La comparación adquiere todavía mayor relevancia teniendo en cuenta la situación económica que actualmente exhibe el gobierno municipal. Si el Ayuntamiento presenta más de siete millones de euros de remanente de tesorería, al tiempo que destina importantes cantidades a grandes inversiones como el Cinemar, resulta razonable preguntarse qué prioridad concede al fortalecimiento de los servicios municipales que atienden directamente a los vecinos.
El Defensor del Pueblo no decide las prioridades políticas del Ayuntamiento ni sustituye al gobierno municipal. Pero sus resoluciones dejan constancia documental de los problemas que llegan a la institución. Y Llanes cuenta ya con, al menos, estos dos antecedentes significativos: en 2021, una recomendación para adoptar medidas que permitieran atender toda la demanda pública de plazas de 0 a 3 años; en 2026, una nueva intervención para exigir medidas frente a los extraordinarios retrasos acumulados en Urbanismo.
Por ello, más allá de las valoraciones políticas que cada ciudadano pueda realizar sobre quienes gobiernan el municipio, las dos resoluciones permiten plantear una cuestión objetiva sobre la gestión: cómo se transforman los recursos económicos, materiales y humanos del Ayuntamiento en servicios públicos capaces de responder eficazmente a las necesidades de los vecinos.
Porque una Administración no se mide únicamente por el dinero que conserva en sus cuentas ni por las grandes obras que ejecuta. También se mide por algo mucho más cotidiano: que una familia encuentre una plaza pública para sus hijos cuando existen aulas y financiación para proporcionarla, o que un vecino no tenga que esperar cerca de dos años para que su expediente urbanístico empiece realmente a tramitarse.
Epílogo: Llanes como escaparate de una forma de gobernar
Después de tantos datos, expedientes y resoluciones oficiales, queda una reflexión inevitable. Lo que está sucediendo en Llanes no debería contemplarse únicamente como un problema administrativo local. Es también un ejemplo sobre el que los ciudadanos pueden juzgar una determinada manera de ejercer el poder cuando quienes prometen eficacia y buena gestión (PP, Vox, Foro o VecinosxLlanes) tienen la responsabilidad efectiva de gobernar.
Llanes lleva años bajo gobiernos encabezados por el fascismo de VecinosxLlanes y sostenidos mediante diferentes acuerdos políticos con él PP. En la actual legislatura, Enrique Riestra conserva la Alcaldía gracias a los seis concejales de Vecinos por Llanes y a los tres del Partido Popular, cuyos votos proporcionaron los nueve necesarios para alcanzar la mayoría absoluta. El PP no es, por tanto, un espectador de lo que sucede en el Ayuntamiento: forma parte del gobierno municipal y comparte responsabilidades políticas sobre su gestión.
Y los documentos administrativos ofrecen una realidad difícil de conciliar con determinados discursos sobre la excelencia en la gestión. Urbanismo acumula “evidentes retrasos”, existen expedientes que se aproximan a los dos años cuando el plazo señalado por el Defensor del Pueblo es de tres meses y la propia institución considera que los medios disponibles “no parecen suficientes”. No estamos ante una acusación de la oposición ni ante una opinión publicada en un blog: estamos ante conclusiones extraídas de la documentación municipal y de una actuación del Defensor del Pueblo.
Tampoco es la primera vez. En 2021 el Defensor del Pueblo ya tuvo que dirigirse al Ayuntamiento de Llanes por otro servicio directamente relacionado con los derechos y necesidades de los ciudadanos, entonces a propósito de las plazas públicas de educación infantil de 0 a 3 años. Cinco años después vuelve a aparecer el Ayuntamiento de Llanes ante la misma institución, ahora por el atasco de Urbanismo.
Mientras tanto, el gobierno municipal exhibe más de siete millones de euros de remanente de tesorería como demostración de solvencia económica y acomete grandes inversiones como el Cinemar, cuyo contrato de rehabilitación, inicialmente adjudicado por algo más de 4,2 millones de euros, ha incorporado un modificado de 835.000 euros, además de otros 400.000 euros procedentes del remanente para equipamiento audiovisual.
Por eso la discusión ya no puede reducirse a si hay o no dinero. La cuestión fundamental es cuáles son las prioridades de un gobierno municipal y cómo transforma los recursos de todos en servicios públicos eficaces para todos. Acumular millones en las cuentas puede ser un indicador financiero; conseguir que un ciudadano no espere cerca de dos años por la tramitación de una licencia es un indicador de buena administración. Y ambos deberían formar parte del balance de cualquier gobierno.
Aquí aparece también la responsabilidad política del Partido Popular de Asturias. Su presidente, Álvaro Queipo, aspira legítimamente a presentar a su formación como alternativa de gobierno en el Principado. Precisamente por eso resulta pertinente observar qué sucede allí donde su partido ya tiene responsabilidades ejecutivas. En Llanes el PP no observa desde la oposición: gobierna, ocupa concejalías y tenencias de alcaldía y participa en las decisiones del Ejecutivo municipal.
Por tanto, corresponde a los ciudadanos valorar la coherencia entre lo que el PP asturiano exige a otras administraciones y lo que ocurre en un Ayuntamiento en cuyo gobierno participa directamente. Si se reclama eficacia, cumplimiento de la ley, mejores servicios públicos y responsabilidad a quienes gobiernan España o Asturias, esos mismos criterios pueden aplicarse a Llanes.
Y esta reflexión puede extenderse a quienes se presentan como alternativa política en Asturias, incluido Foro Asturias, aunque conviene no confundir responsabilidades: Foro no forma parte actualmente de la Corporación municipal de Llanes pero sí de Ayuntamientos como el de Gijón de la mano del PP y un tránsfuga de la ultraderecha.
Lo que tampoco sería riguroso es afirmar que lo ocurrido en Llanes demuestra necesariamente lo que sucedería en España si esas formaciones llegasen al Gobierno de la nación. Eso pertenece al terreno de la previsión política. Pero Llanes sí proporciona algo mucho más concreto: un caso real sobre el que los ciudadanos pueden examinar cómo gobiernan determinadas formaciones cuando disponen de poder, presupuesto y capacidad de decisión.
Y el balance que ofrece este episodio merece preguntas incómodas. ¿De qué sirve proclamar eficacia administrativa cuando el Defensor del Pueblo considera “a todas luces excesivo” que un expediente permanezca casi dos años sin resolver? ¿De qué sirve presumir de millones de euros de remanente si un servicio esencial carece, según el propio Defensor, de medios suficientes? ¿Qué valor tiene exigir a otras administraciones rapidez, eficacia y respeto a los ciudadanos si esos mismos principios encuentran dificultades allí donde uno mismo gobierna?
No hace falta responder por el lector. Los expedientes hablan, las cifras hablan y las resoluciones del Defensor del Pueblo hablan. Corresponde después a cada ciudadano decidir qué responsabilidad política atribuye a quienes gobiernan.
Porque quizá esa sea la conclusión más importante de todo este asunto: los derechos de los ciudadanos no pueden depender de la propaganda de ningún gobierno ni de sus campañas de comunicación. Se defienden con servicios públicos que funcionen, empleados suficientes, expedientes que se tramiten y administraciones que cumplan la ley.
Llanes merece que el debate político se produzca precisamente sobre esos hechos. Y quienes pretenden presentarse como alternativa para gobernar Asturias o España deberían saber que su credibilidad no se mide solamente por lo que prometen cuando están en la oposición, sino también por lo que hacen allí donde ya tienen responsabilidades de gobierno.
En Llanes existe hoy una oportunidad muy sencilla para demostrarlo: cumplir las obligaciones recordadas por el Defensor del Pueblo, reforzar los medios de Urbanismo y conseguir que ningún ciudadano tenga que esperar años para obtener de su Ayuntamiento una respuesta que la Administración está obligada a darle.
Lo demás son discursos. La gestión se demuestra gobernando y de eso la ultraderecha que hoy gobierna en el Ayuntamiento de Llanes no sabe… No sabe ni como se escribe.
Ya lo dijo Platón: «La medida de un hombre es lo que hace con el poder.»


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